Triple filiación: La FALGBT y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires hacen historia
Antonio es hijo de Susana y Valeria, una pareja unidas en matrimonio igualitario, y desde hace un año inscripto con los apellidos de las dos, como marca la ley. Hernán, su padre biológico, es también un padre presente en la crianza y ahora le dará su apellido, lo que fue solicitado al Registro provincial de las Personas con conformidad de las madres. Es la primera vez que una inscripción de este tipo se concreta en Latinoamérica.
Entre los fundamentos de la decisión, que contó con el aval del Jefe de Gabinete provincial Alberto Pérez, Juan Pablo Alvarez Echague Subsecretario de Gabinete y lleva la firma de Claudia Corrado, titular del Registro, se señala que el papá del pequeño no renunció a su derecho a reclamar la filiación, en el marco del procedimiento de fertilización asistida y aún más, expresó libremente que es padre biológico y que comparte el interés superior del niño, que también persiguen Susana y Valeria. La solicitud de la familia fue apoyada por la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (LGTB), la Defensoría LGBT y la Mesa por la Igualdad.
Por su parte la diputada María Rachid, que acompañó la presentación, resaltó que “la necesidad de buscar respuestas jurídicas a la infinidad de situaciones que todos los días surgen en las relaciones de familias, que desde hace décadas se apartan cada vez más de las denominadas familias tipo, y el trabajo que realizan las organizaciones de la diversidad visibilizando estas realidades, propone un constante análisis de las herramientas aplicables en el sistema jurídico argentino”.
Finalmente, Flavia Massenzio, titular de la Defensoría LGBT, destacó ““El reconocimiento a la realidad familiar del niño no solo no se encuentra prohibida por la legislación vigente, sino que persigue y se encuentra guiada por el principio rector del interés superior del niño, interés que por imperio constitucional debe ser respetado y aplicado. La petición de reconocimiento de paternidad de ninguna manera contradice una filiación anterior, sino que por el contrario la completa. No se pretende desplazar a las madres que ya han efectuado el reconocimiento, sino completarlo, adicionarle el reconocimiento del padre”.