Información para personas viviendo con VIH
Debido a los acontecimientos de público conocimiento y dado que en general se han creado lineamientos necesarios para quienes se encuentren afectadxs como población en situación de riesgo frente al COVID-19, queremos brindarles algunas recomendaciones en particular a la población que convive con VIH. Asimismo al finalizar este correo encontrarán como archivo adjunto, los documentos de referencia en este texto correspondientes a las Resoluciones que al respecto ha dictado el Gobierno Nacional y una nota para ser firmada por sus médicxs para justificar la ausencia en el lugar de trabajo.
En nuestro país rige Aislamiento Preventivo Obligatorio desde el 20 de marzo hasta el 12 de abril inclusive. Durante este periodo todas las personas deberán permanecer en sus residencias habituales (o en el lugar en que se encuentren a las 00:00 del 20 de marzo) y abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo. Asimismo, queda prohibido el desplazamiento por rutas, vías y espacios públicos. Sólo se permiten desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos.
Sólo se encuentran exceptuados aquellas personas considerada personal esencial. En ese caso, debería tenerse la siguiente consideración:
1) Suspensión del deber de asistencia al lugar de trabajo
Por Resolución del Ministerio de Trabajo se suspende el deber de asistencia al lugar de trabajo a aquellas personas con inmunodeficiencias, quienes podrían, de ser factible, realizar tareas en la modalidad de “teletrabajo”. Sugerimos profundizar con el texto adjunto de esta Resolución.
No es necesario que le avises a tus empleadores tu diagnóstico. A tales fines adjuntamos una nota elaborada por la Fundación Huésped para ser firmada por sus médicxs y presentadas en el lugar de trabajo, acreditando que se encuentran comprendidxs en la población de riesgo para contraer COVID-19, para hacer efectiva esta licencia.
2) Autorización para circular en los siguientes supuestos:
Las personas viviendo con VIH que requieran circular para acercarse a un centro de salud, buscar una receta o retirar medicación, podrán utilizar la declaración jurada que les adjuntamos (Ver Licencia por coronavirus). Sugerimos profundizar con el texto adjunto de la Circular 4 de la Dirección Nacional de SIDA, Hepatitis y TBC, del Ministerio de Salud de la Nación.
3) Para las personas viviendo con VIH sin tratamiento antirretroviral o que tengan menos de 350 linfocitos T CD4
Se sugiere el cumplimiento de todas las medidas de prevención por encontrarse en situación de riesgo para contraer COVID-19 siguiendo las siguientes recomendaciones:
* Si tenés medicación y no tenés ninguna consulta de urgencia, posponé las visitas al centro de salud.
* Si necesitás medicación, podés designar a alguien que lo haga por vos, siguiendo las indicaciones anteriores revisando la Circular 4.
Recomendamos leer con detenimiento los archivos adjuntos y seguir las indicaciones otorgadas. Ante cualquier consulta permanecemos atentxs por este medio.
Cordial saludo
Resolución del Ministerio de Trabajo
https://drive.google.com/open?id=1eJnujSCQUQCmcu7Cxx8wl8g2-UEOZcpM
Resolución del Ministerio de Salud
https://drive.google.com/open?id=1Tg5axm1r84c8gY8hPUcyg1WOiGMBbt4iPljYEPiunJY
Documento sobre Manejo de Situaciones Especiales: Personas con VIH
https://drive.google.com/open?id=1MhZOOm3jq6PWnrjGxXyvrMn-L6Kw6Iw4
Autorización de Circulación
https://drive.google.com/open?id=1zQyT9J88cIJrGO9edBrdHgZch6qwnIGf